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Secretario de Acción Femenil

Dora Amelia Ramírez Hernández

33-1612-0643

Secretaría de Acción Femenil

Son atribuciones y obligaciones de la Secretaria de Acción Femenil las siguientes:

  1. Contribuir activa y eficientemente en el programa permanente de Acción Femenil junto con el Comité Ejecutivo, para elevar la condición de la mujer como trabajadora, con el Objetivo de fundamentar su creciente participación y una plena integración en la vida sindical.

  2. Emprender planes de acción que garanticen la protección de los derechos laborales y el desarrollo personal de las mujeres trabajadoras para lograr que ellas se conviertan en un factor decisivo en la realización de la lucha del Sindicato y la defensa de los derechos laborales.

  3. Promover y organizar en coordinación con el Comité Ejecutivo todo tipo de seminarios, conferencias, etc., que contribuyan a la superación personal, laboral y social de la mujer.

  4. Establecer estrategias de trabajo en coordinación con las diferentes secretarias que faciliten el desempeño laboral así como promover su participación en los eventos educativos, culturales, sociales, de salud, y deportivos.

  5. Promover la equidad de género entre las y los trabajadores pertenecientes a la organización sindical, así como conformar estructuras y objetivos de trabajo que reafirmen la integración de las mujeres sindicalizadas.

  6. Cultivar y Promover, el respeto mutuo de manera permanente en los integrantes del Comité ejecutivo, Comisionados y Delegados sindicales, con el fin de que trascienda a toda la Organización Sindical.

  7. Cooperar en la Orientación y Organización de las mujeres al servicio del Estado y de las trabajadoras en general, para lograr su participación activa en la vida económica, social y política de nuestro estado.

  8. Realizar las funciones concernientes a la secretaría de Acción Femenil y aquellas que desde la Secretaría General y la Secretaría de Organización le sean conferidos.

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