Secretaría de Organización
Son atribuciones y obligaciones del Secretario de Organización las siguientes:
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Llevar un registro minucioso de los miembros del Sindicato y asentar en el mismo el movimiento de miembros que se efectúe.
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Integrar el archivo de la Secretaria de Organización con todos los datos y antecedentes relativos a los miembros y a la vida organizada del Sindicato.
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Realizar las actividades que sean necesarias para ajustar el comportamiento y la conducta de los miembros del Sindicato a las normas establecidas por el Estatuto y los acuerdos tomados por las Asambleas Generales.
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Expedir credenciales a los miembros del Sindicato con su firma y la del Secretario General.
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Intervenir en la solución de todos los problemas de Organización del Sindicato que se presenten.
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Autorizar y legalizar con su firma y la del Secretario General los libros de registro de conflictos, registro de movimientos de fondos sindicales y libro de actas, así como autorizar también junto con la del Secretario General, la correspondencia con su firma.
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Cuidar de la unidad y disciplina de todos los miembros del Sindicato llevando para ello un registro estadístico de todos los miembros en el que se anoten la antigüedad, los datos generales, el control de asistencias a las Asambleas Generales, el cumplimiento en el pago de las cuotas y lo relativo a la conducta sindical de cada uno de los miembros.
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Representar, autorizar y legalizar con su firma en caso de ausencia del Secretario General.
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Verificar la organización del Comité Ejecutivo para su buen funcionamiento.
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Organizar vacaciones, permisos, faltas y cubrimientos del Comité Ejecutivo e igual del personal que labora para el Sindicato.